Un despido objetivo mal justificado puede dejar a la persona trabajadora sin ingresos y sin una explicación real de por qué pierde su empleo. Es lo que le ocurrió a nuestro representado, un trabajador por cuenta ajena al que su empresa despidió alegando causas objetivas sin acreditarlas ni cumplir los requisitos legales exigidos. El juzgado ha estimado íntegramente nuestra demanda y ha declarado la improcedencia del despido.
| Detalle del caso | Información |
| Materia | Despido objetivo improcedente (Derecho laboral) |
| Perfil del cliente | Trabajador por cuenta ajena (anonimizado) |
| Problema | Despido objetivo sin causas acreditadas ni requisitos legales cumplidos, con salarios y cantidades pendientes de pago |
| Resultado | Indemnización de 8.552,88 € (o readmisión) y condena al pago de 6.911,69 € por salarios y cantidades pendientes |
| Clave de la victoria | La empresa no acreditó las causas alegadas ni el cumplimiento de los requisitos del despido objetivo, ni demostró el pago de las cantidades adeudadas |
| Juzgado | Juzgado de lo Social nº 2 de Cuenca |
| Fecha de la sentencia | 16 de septiembre de 2026 |
Nuestro representado recibió una comunicación de despido por causas objetivas —económicas, organizativas o de producción— sin que la empresa concretara ni acreditara debidamente los motivos alegados. Además, la empresa dejó de abonarle determinadas cantidades salariales, situándolo en una posición de clara desventaja frente a una decisión que afectaba directamente a su sustento.
¿Cómo actuó Legalión Abogados?
Nuestro equipo analizó desde el primer momento si la empresa había cumplido los requisitos formales y materiales que exige el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores para un despido objetivo: comunicación escrita con los motivos, puesta a disposición de la indemnización y acreditación real de la causa alegada. Presentamos la demanda por despido y aportamos la documentación que evidenciaba tanto la falta de justificación empresarial como el impago de los salarios y cantidades pendientes.
¿Qué ha decidido el juzgado?
El Juzgado de lo Social nº 2 de Cuenca, mediante sentencia de 16 de septiembre de 2026, estima íntegramente la demanda y declara la improcedencia del despido, al considerar que la empresa no acreditó la concurrencia de las causas alegadas ni cumplió los requisitos legales del despido objetivo, conforme a los artículos 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia reconoce el derecho de nuestro representado a percibir una indemnización de 8.552,88 €, o en su caso a ser readmitido, y condena además a la empresa al abono de 6.911,69 € por salarios y cantidades pendientes.
¿Por qué es importante esta sentencia?
Este caso confirma que no basta con invocar causas objetivas para despedir: la empresa debe demostrarlas y cumplir todos los requisitos legales, tal y como exige el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores para las consecuencias de la improcedencia. Cuando no lo hace, el trabajador puede optar por reclamar su indemnización o su readmisión, además de las cantidades económicas que se le adeuden. Es una garantía relevante frente a despidos objetivos mal justificados, una práctica más habitual de lo que debería en las empresas españolas.
¿Tienes una situación parecida??
Si tu empresa te ha despedido por causas objetivas sin explicarte con claridad los motivos, o te adeuda salarios u otras cantidades, revisa bien los plazos para reclamar: solo tienes 20 días hábiles desde el despido para presentar la papeleta de conciliación. En Legalión Abogados analizamos tu caso sin que tengas que moverte de casa. Cada situación es distinta, pero este caso demuestra que los derechos del trabajador se pueden defender con éxito frente a un despido injustificado. Consulta sin moverte de casa.