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Casos de éxito

Condena a una cooperativa de transporte: devolución de aportaciones y reintegro de descuento indebido

Este asunto enfrentaba a un transportista con su cooperativa de transporte, que se negaba a abonar determinadas cantidades. El Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona estima parcialmente la demanda y condena a la cooperativa demandada a pagar 7.040,74 €, desglosados en:

  1. 3.500 € por devolución de aportaciones de ingreso. El tribunal declara nulo, por ser contrario a norma imperativa, el pacto de renuncia anticipada al reembolso de las aportaciones sociales, aplicando el art. 35 de la Ley 12/2015 de cooperativas de Cataluña y la doctrina de la STS 289/2020. En consecuencia, el socio tiene derecho a recuperar lo aportado al incorporarse.
  2. 3.540,74 € por descuento indebido cargado en la factura 005/18, vinculado a un siniestro de 16/06/2017. La cooperativa no acreditó por qué no operó el seguro de mercancías y de responsabilidad civil —cuyo coste se repercutía al actor— ni justificó suficientemente el cargo; por ello, el descuento debe reintegrarse.

La resolución refuerza dos principios clave en el marco cooperativo y del transporte:

  • Los pactos que limitan derechos inderogables de los socios, como el reembolso de aportaciones, no son válidos.
  • Si se repercuten primas de seguro al socio, la cooperativa debe acreditar la falta de cobertura antes de aplicar descuentos por siniestros.

Con este fallo, el transportista recupera sus aportaciones y el importe descontado, fijando un criterio útil para profesionales en situaciones similares sin mencionar a la entidad concreta.

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