12/11/2025
La sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2025 sobre el índice IRPH supone un giro definitivo en el ámbito de la litigación hipotecaria. El Alto Tribunal determina que no cabe anulación automática de las cláusulas IRPH y que debe analizarse la transparencia de la cláusula caso por caso. “Esto implica que muchos afectados verán muy difícil prosperar en sus reclamaciones de nulidad y devolución de cantidades, a menos que puedan probar una falta clara de información relevante por parte del banco sobre el índice aplicado”, en opinión de Mario Rodríguez López, letrado del despacho Legalion Abogados.
Esta sentencia afecta en principio a más de un millón de hipotecas referenciadas al IRPH, por un valor superior a los 40.000 millones de euros, y las entidades con más reclamaciones son Caixabank, Santander, BBVA, Kutxabank, que sentirán alivio después de la sentencia.
“En definitiva –añade Mario Rodríguez–, la Sentencia dicta que la abusividad del IRPH no se presume: depende de la transparencia en cada contrato, y que las reclamaciones individuales deben demostrar que el banco no explicó claramente cómo consultar el índice”.
Por todo ello, se cierra la puerta a anulaciones masivas; prevalece la seguridad jurídica para las entidades financieras.


