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Laboral Familia

Un Juzgado de Cáceres reafirma el derecho al permiso retribuido por cuidado de familiares dependientes
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11/12/2025

Una reciente sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres ha reforzado el derecho de los trabajadores a disfrutar de un permiso retribuido para el cuidado de familiares dependientes, incluso cuando disponen de días de asuntos propios. El fallo da la razón a una empleada de Correos que había solicitado tres días retribuidos para atender a su madre, de 87 años y con un grado de dependencia III, a la que debía cuidar de forma continuada y sin ayuda externa.

La empresa negó el permiso alegando que la trabajadora podía utilizar sus días de asuntos propios, pero el juez consideró este argumento “irrelevante”, al tratarse de una situación de fuerza mayor y no de una cuestión personal. La sentencia subraya que el derecho a ausentarse del trabajo para cuidar a un familiar enfermo está amparado por la normativa laboral y que su denegación supone un quebrantamiento de los derechos laborales del trabajador.

El juzgado condena a la empresa a reintegrar los 149,62 euros descontados del salario de la empleada, más el 10% de interés moratorio. Aunque la sentencia no es firme y puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, constituye un precedente importante en materia de permisos laborales y conciliación familiar.

Para las empresas, esta resolución recuerda la importancia de valorar correctamente las solicitudes de permisos por causas justificadas. Y para los trabajadores, representa una garantía más de que el derecho al cuidado de familiares en situación de dependencia no puede verse limitado por criterios formales.

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