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Una juez perdona una deuda porque el Banco de España carecía de índices de las 'revolving'

19/06/2023, TheObjective, Fran Serrato

Hay decisiones judiciales que se asemejan a un premio de lotería. Una juez ha declarado nula la deuda de 6.388 euros de una tarjeta revolving porque en el momento que se contrató el Banco de España carecía de índices comparativos. La sentencia considera que la entidad bancaria aplicó «un interés usurario» al fijar un 26,82% TAE, indicador que marca el interés, y obliga a la empresa Estrella Receivables a restituir a la usuaria en aquellas cantidades «que excedan del importe de capital dispuesto».

Las tarjetas revolving son unas tarjetas de crédito que aplazan automáticamente todas las compras que se realizan. Su titular puede abonar el pago en cómodos plazos, aunque no disponga de dinero en la cuenta asociada. Se trata de uno de los productos más ofertados por las entidades financieras, aunque para muchos hogares se han convertido en una auténtica carga, ya que puede llevarles a endeudarse para siempre. Solo en 2021, el Banco de España recibió 4.360 reclamaciones.

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Algeciras (Cádiz) ha desestimado la demanda de Estrella Receivables contra una usuaria a la que reclamaba una deuda de 6.388 euros. La sentencia, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, estima la demanda reconvencional presentada por la afectada y, en consecuencia, declara nulo el contrato suscrito entre las partes en 2006 por «contener un interés usurario». Contra el fallo, que no es firme, cabe recurso de apelación.

Reconvertir la deuda

La clienta afectada contrató una tarjeta revolving con Citibank en 2006. En julio de 2015, Estrella Receivables, una empresa irlandesa que se dedica a comprar deuda impagadas a entidades financieras, adquirió a la entidad bancaria el déficit de la usuaria, a la que reclamó el pago por vía judicial. Esta no solo se opuso a dicha petición, también interpuso una demanda reconvencional.

La afectada alegó que el contrato debía declararse nulo «por contener interés remuneratorio usurario y por redactarse en letra microscópica». Además, solicitó que la compañía le reintegrara «las cantidades abonadas durante la vida del crédito a la cantidad de capital dispuesto».

«Resulta interesante ver cómo se cumple el mismo patrón en deudas vendidas a entidades de recobro que reclaman de manera desesperada la deuda que han comprado, dado que en la mayoría de las ocasiones son casos sin viabilidad», recalca Mario Rodríguez, el abogado de Legalion que ha conseguido ganar este caso. En su opinión, Estrella Receivables carecía de documentación y, además, la demanda había prescrito.

Muchos clientes de revolving recurren a los juzgados por culpa de sus elevadas tasas de interés, cercanas al 20%. Para aplicarlas toman como referencia el Tipo Efectivo de Definición Restringida (TEDR). El Banco de España no comenzó a publicar un apartado para este de tarjetas hasta 2017, cuando incorporó el desglose de esta modalidad con datos desde junio de 2010. Rodríguez insiste en que el caso de su clienta carecía de ese indicador, por lo que tenía todas las papeletas para ganar el caso.

El criterio del Supremo

Antes de esa fecha, y sin estadísticas disponibles, muchos jueces utilizaban la TAE media de los contratos de créditos al consumo. En nueve de cada 10 ocasiones los tribunales dan la razón a los usuarios, según diferentes asociaciones de consumidores.

No obstante, muchos de estos asuntos llegan hasta el Tribunal Supremo, que en octubre de 2022 obligó a una afectada a pagar la deuda porque entre 1999 y 2009 el tipo medio de interés osciló entre el 23 y el 26%, por lo que no se habría dado usura. La evolución desde entonces ha ido en camino inverso.

El Supremo fijó en febrero un nuevo criterio para marcar jurisprudencia. La Sala Primera del alto tribunal precisó que cada modificación unilateral sobre el tipo de interés debe considerarse un nuevo contrato a efectos de enjuiciar el carácter usurario de una tarjeta revolving.