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08/05/2025, El Mundo, Andros Lozano

«Esta resolución puede tener un efecto tanto orientador como incentivador para aquellas personas que puedan vivir una situación comparable a la de Fátima. El juzgado corrige a la Seguridad Social al reafirmarse que su cuadro depresivo no tiene cura y que incluso la depresión ha llegado a empeorar pese a seguir el tratamiento médico indicado. A eso añadió el resto de limitaciones físicas que no fueron valoradas por la Seguridad Social», explica el letrado Francisco Javier Vidal Medina, de Legalion Abogados.

 

Sentencia que otorga incapacidad por depresión

Vidal Medina se refiere a una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Mataró (Barcelona). Se trata de un fallo pionero en España. El pasado 3 de marzo, la juez Raquel Martín Bailón dictó una resolución judicial por la que le concedía una incapacidad permanente en grado de absoluta, derivada de una depresión crónica, a la boliviana Fátima Galindo, de 64 años.

La mujer enviudó en 2022. Su marido había sufrido un ictus un año antes, en plena pandemia. Fátima cayó en una depresión severa mientras compaginaba los cuidados de su esposo con la exigencia de su trabajo, ya que era empleada del hogar y cuidaba día y noche a la señora que la tenía contratada.

«La pandemia me dejó muy tocada —confiesa Fátima en conversación telefónica— pero luego vino el ictus de mi marido y todo el sufrimiento que trajo, puesto que yo no podía perder el trabajo ni desatenderlo a él. Fue entonces cuando mi día a día se convirtió en un martirio. La señora para la que yo trabajaba vivía cerca de mí en Mataró. Yo me pasaba el día yendo y viniendo, casi corriendo, de casa en casa. Trataba de tener aseado a mi marido, de que comiera bien. Pero por las noches lo tenía que dejar solo porque estaba obligada a dormir con mi señora. Al final, caí en una depresión de la que ya nunca me levantaré», cuenta.

«Un día fui al médico y el doctor me dijo que no me iba a preguntar si quería que me diera la baja, me la dio directamente. Yo le contaba que me dolían las piernas, los brazos... Pero él siempre me decía: "Te duele todo por tu cabeza". Aquel doctor se dio cuenta de que yo no podía trabajar en estas condiciones», añade la mujer, que podrá percibir una pensión del 100% de su base reguladora.

El 19 de septiembre de 2023, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó a Fátima el derecho a la prestación de incapacidad permanente en base a un informe de la Subdirección General de Evaluaciones Médicas (SGAM) de Cataluña, que dictó que la mujer presentaba «trastorno adaptativo sin limitaciones psicofuncionales incapacitantes».

Fátima Galindo, con la ayuda de su abogado, acudió a la justicia ordinaria en mayo de 2024. Se oponía a la postura del INSS, que insistía en que sus patologías no presentaban «repercusión funcional relevante». Uno de los informes aportados a la juez por el letrado de Fátima fue el de su psiquiatra. La sentencia hace referencia a él y destaca su importancia en el fallo.

«Pese a que la actora ha realizado correctamente el tratamiento y acude a visitas de control, persiste apatía, disminución de capacidad hedónica, está muy influenciada por problemática social que no se consigue resolver, mantiene humor poco reactivo, hipotimia, baja funcionalidad, con tendencia al aislamiento social e ideas pasivas de muerte en contexto de vida actual».

El fallo del juzgado barcelonés recoge tanto los distintos fármacos que toma Fátima para luchar con la depresión como el resto de dolencias físicas que sufre, desde el síndrome del túnel carpiano derecho con atrapamiento del nervio mediano, epicondilitis en el codo derecho, espendiloartrosis, escoliosis o artrosis bilateral de rodillas.

«La aptitud laboral de la actora se encuentra mermada de forma absoluta, de tal forma que no puede desempeñar profesión alguna con un mínimo de rendimiento, eficacia y rentabilidad», dice la sentencia. Aunque el juzgado dio cinco días de plazo para recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), el INSS decidió no hacerlo.

«La sentencia es muy contundente con respecto a las resoluciones que iba dictando la Seguridad Social hasta el momento del juicio, tanto en los términos médicos como jurídicos», sostiene el letrado de Fátima Galindo. «Cuestiona directamente el dictamen del SGAM, que concluía que Fátima no tenía limitaciones de ningún tipo que le impidieran trabajar».

El marido de Fátima se llamaba Carlos del Solar. Como ella, también era de origen boliviano. Tenía 68 años cuando murió. Su mujer no consigue hablar de él sin romper a llorar. Ambos llevaban residiendo cerca de 30 años en España. Fue en dos etapas distintas, ya que durante un tiempo volvieron a su país de origen. El matrimonio, además de en Mataró, había residido en Onteniente (Valencia).

Carlos era odontólogo. En Bolivia, además de ejercer su profesión, había sido profesor universitario. Pero un amigo estafó a Carlos, que le había avalado en un negocio. Fue entonces cuando la pareja, junto con sus hijos, volvió a España, donde Carlos cayó también en una depresión. Fátima comenzó a trabajar donde le salía: cocinera, limpiadora, auxiliar de enfermería... Hasta que llegaron la pandemia, el ictus de su marido y su propia depresión. «Caí en un agujero oscuro», se lamenta. Ahora, al menos, ya no tendrá que trabajar.

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