15/01/2026
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado una sentencia especialmente relevante en materia de incapacidad laboral, al reconocer la incapacidad permanente absoluta a un trabajador autónomo del sector del taxi que padecía un temblor esencial severo, junto con otras patologías de carácter grave y crónico.
La resolución revoca las decisiones previas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del juzgado de instancia, y concede al trabajador el derecho a percibir una pensión del 100 % de su base reguladora, fijada en 975,87 euros mensuales. El caso pone de relieve la importancia de recurrir las resoluciones administrativas cuando el grado de incapacidad reconocido no se corresponde con la realidad médica y funcional del trabajador.
Antecedentes del caso: de la incapacidad total a la absoluta
El trabajador había sido reconocido en el año 2019 con una incapacidad permanente total para su profesión habitual de taxista, derivada de enfermedad común. Esta calificación le impedía continuar ejerciendo su actividad profesional, pero no le reconocía el derecho a una pensión íntegra, al entenderse que aún podía dedicarse a otras tareas laborales compatibles con sus limitaciones.
Sin embargo, con el paso del tiempo, su estado de salud se agravó de forma significativa. A la patología principal —un temblor esencial severo resistente a tratamiento farmacológico— se fueron sumando múltiples dolencias: vértigos persistentes, secuelas neurológicas de un ictus, obesidad de grado II, discopatía cervical, trastorno distímico, así como diversos problemas cardiovasculares y prostáticos. Esta pluripatología tuvo un impacto directo y progresivo en su capacidad funcional global.
Ante esta evolución negativa, el trabajador solicitó la revisión del grado de incapacidad, petición que fue desestimada en vía administrativa. Fue entonces cuando decidió recurrir judicialmente.
El criterio del TSJ de Madrid: valoración conjunta de las patologías
La Sala de lo Social del TSJ de Madrid realiza en su sentencia una valoración exhaustiva de la documentación médica aportada y subraya un aspecto clave: no basta con analizar cada dolencia de forma aislada, sino que debe atenderse al efecto conjunto de todas ellas sobre la capacidad laboral real del trabajador.
El tribunal concluye que el afectado presenta limitaciones severas que solo le permitirían, en el mejor de los casos, realizar tareas muy concretas, sedentarias y de escasa exigencia. Aun así, dichas tareas no podrían desarrollarse con un mínimo de rendimiento, continuidad y profesionalidad, requisitos indispensables para considerar que existe una capacidad laboral efectiva.
Por ello, el TSJ considera acreditado que el trabajador no está en condiciones de desempeñar ningún tipo de actividad laboral, ni siquiera en profesiones distintas a la habitual, lo que justifica el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta.
Doctrina reforzada: protección del trabajador frente a limitaciones reales
Esta sentencia refuerza una doctrina consolidada en nuestros tribunales: cuando el conjunto de enfermedades y secuelas impide al trabajador desarrollar cualquier profesión de manera eficaz, debe prevalecer el principio de protección social, reconociendo el grado máximo de incapacidad.
No se trata únicamente de poder realizar tareas de forma teórica o esporádica, sino de valorar si el trabajador puede integrarse en el mercado laboral en condiciones reales y normales. Cuando la respuesta es negativa, como en este caso, la incapacidad permanente absoluta resulta jurídicamente procedente.
La importancia de recurrir las resoluciones del INSS
El caso analizado demuestra que muchas resoluciones del INSS pueden ser revisadas y corregidas por los tribunales. No es infrecuente que, pese a la existencia de informes médicos concluyentes, se reconozcan grados de incapacidad inferiores a los que realmente corresponden.
Recurrir una resolución administrativa no es un acto excepcional, sino una vía legítima para defender los derechos del trabajador, especialmente cuando la situación médica ha evolucionado o no ha sido correctamente valorada.
Asesoramiento legal especializado en incapacidad permanente
En Legalion Abogados contamos con amplia experiencia en procedimientos de incapacidad permanente, tanto en vía administrativa como judicial. Acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso: desde la solicitud inicial, pasando por las revisiones de grado, hasta la defensa ante los tribunales cuando resulta necesario.
Nuestro objetivo es claro: lograr que se reconozca el grado de incapacidad que realmente corresponde conforme a la ley y a la situación médica de cada persona, garantizando así el acceso a la pensión y a la protección económica que merece.
Si has recibido una resolución con la que no estás de acuerdo o tu estado de salud ha empeorado, recurrir es posible y, en muchos casos, decisivo. Casos como este lo demuestran.