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Nueva Ley de Protección, derechos y bienestar animal

Nueva Ley de Protección, derechos y bienestar animal

16/12/2022

La conocida como “Ley de bienestar animal” o nueva Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los animales será aprobada por el Congreso, previsiblemente, el próximo 22 de diciembre.

En este momento, el PSOE y Unidas Podemos mantienen ciertas discrepancias ante la enmienda presentada por los primeros para dejar fuera de la ley a los perros de caza. No obstante, todo parece indicar que ambos partidos han llegado a un acuerdo en este sentido, consiguiendo desbloquear la ley. El acuerdo consiste en que los animales utilizados en actividades cinegéticas pasan a depender de las normas autonómicas.

Objetivo principal de la Ley de bienestar animal

Según el proyecto de ley, el objetivo de la ley de bienestar animalno es tanto el garantizar el bienestar de los animales evaluando las condiciones que se le ofrecen, sino regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad”.

Principales claves de la Ley de bienestar animal

La norma regula el nuevo Sistema Central de Registros para la Protección Animal. Además, los Ayuntamientos tendrán la obligación de crear Centros Públicos de Protección Animal que garanticen la recogida y la atención de animales extraviados y abandonados, con servicio 24 horas de urgencia.

Por otra parte, se establecen las obligaciones y prohibiciones generales con respecto a los animales silvestres en cautividad.

Obligaciones

  • Obligación de mantenerlos en condiciones de vida dignas.
  • Educar y manejar al animal sin sufrimiento.
  • Prestar cuidados sanitarios, vigilarlos y evitar huidas (en caso de desaparición hay que comunicar la misma a las autoridades en un plazo máximo de 48 horas).
  • Tenerlos legalmente identificados, el responsable de los animales lo será también de los posibles daños, perjuicios, molestias etc…que el mismo pudiera causar cuando no exista provocación o negligencia de un tercero.

Prohibiciones

  • Prohibición de maltratarlos o agredirlos físicamente, así como usar herramientas invasivas contra ellos.
  • Queda prohibido también el abandono intencionado, dejarlos sueltos, utilizarlos en espectáculos públicos o actividades artísticas turísticas o publicitarias, utilizarlos para ejercer la mendicidad, someterlos a trabajos inadecuados o excesivos, utilizarlos como recompensa.

En el caso de los animales de compañía, se establecen también unas obligaciones y prohibiciones específicas, entre ellas:

Obligaciones

  • Integrarlos en el núcleo familiar en buen estado de salud e higiene.
  • Proveerlos de un alojamiento adecuado atendiendo a su tamaño y características.
  • Evitar que ocasionen molestias y peligros o amenazas para las personas, animales o cosas.
  • Evitar la reproducción incontrolada pudiendo solo ejercerse la cría por personas responsables de la actividad de la cría (Registro de Criadores de Animales de Compañía).
  • Facilitar controles y tratamientos veterinarios.
  • Los gatos que se adopten o compren tendrán que estar esterilizados e identificados con microchip antes de que cumplan los seis meses.

Prohibiciones

  • Sacrificar a los animales salvo causa justificada (por seguridad o riesgo para la salud pública). La muerte asistida solo podrá ser llevada a cabo por veterinarios colegiados.
  • Queda prohibido mutilar, o realizar modificaciones corporales.
  • No podrán ser utilizarlos en peleas ni adiestrarlos para este fin.
  • Perros y gatos no podrán estar de manera habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros etc…
  • De igual manera queda prohibido dejar sin supervisión a los animales durante más de tres días consecutivos, se reduce a 24 horas en el caso de los perros.
  • Se prohíbe la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.
  • Tenencia de perros. Los titulares de perros deberán realizar un curso de formación para la tenencia de los mismos, curso que será gratuito y tendrá validez indefinida.
  • Se emitirá el Listado positivo de animales de compañía, que regulará los animales que quedan bajo esta definición y, como consecuencia pueden convivir en hogares particulares.
  • No se podrán utilizar animales en atracciones de feria o espectáculos que les causen angustia, dolor o sufrimiento, así como los que les puedan causar heridas (peleas de gallos…). De igual modo, no se podrá utilizar fauna silvestre en los circos.
  • Los zoológicos y delfinarios pasarán a ser centros de recuperación de especies autóctonas.

Existe un primer listado de mascotas que quedan prohibidas (a falta del listado definitivo):
Conejos, cobayas, chinchillas, ratones, hámsters, cerdos vietnamitas, tortugas, erizos, arañas, serpientes, iguanas, lagartos, camaleones, geckos, cotorras, agapornis, periquitos y especies de otros países.

¿Qué sanciones se aplicarán con la nueva Ley de bienestar animal?

En cuanto a las sanciones aplicables, esta Ley se acompañará de una reforma del Código Penal para endurecer las mismas por maltrato animal. En este aspecto, el Código Penal recogerá en estos supuestos:

  • Penas de cárcel de entre 18 y 24 meses si el animal muere.
  • Penas de hasta 36 meses si se da más de un agravante.
  • Inhabilitación de entre 5 y 10 años para vivir o trabajar con animales.

Tipos de infracciones recogidas en la ley

  • Infracciones leves: de 500 a 10.000€.
  • Infracciones graves: de 10.001 a 50.000€.
  • Infracciones muy graves: de 50.001 hasta 200.000€.

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