Blog

Valoración de la sentencia del TC sobre el estado de alarma

Sentencia Tribunal Constitucional estado alarma

22/07/2021

El Tribunal Supremo publicó recientemente su sentencia que describía el primer estado de alarma como inconstitucional. En este sentido, una primera valoración de la sentencia del TC sobre el Estado de Alarma puede ser que pretende reconciliar a la sociedad con un momento excepcional que exigía medidas duras para evitar la propagación del COVID-19.

El Alto Tribunal ha estimado parcialmente el recurso planteado declarando inconstitucional los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020 del primer estado de alarma, que a todos los efectos, es el que mayor incidencia práctica ha tenido en la sociedad.

Precisamente este primer apartado ha servido de sustento normativo para sancionar las conductas contrarias al Estado de Alarma. En el mismo, se determina que durante la vigencia del estado de alarma, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de ciertas actividades. Estas deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada:

  1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, así como adquisición de otros productos y prestación de servicios de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.
  2. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  4. Retorno al lugar de residencia habitual.
  5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  6. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Explicación de la sentencia del TC

Tras la Sentencia, junto con la falta de tipicidad que juzgado tras juzgado iba declarando, cabe añadir la violación del artículo 19 de la Constitución Española sobre la libertad de circulación y residencia.

Como bien razona el Tribunal, y como hemos venido defendiendo en Legalion Abogados desde que se impusieron las primeras sanciones, la obligación de permanecer en la vivienda habitual entraña una prohibición que va más allá de una limitación del referido derecho fundamental produciendo una auténtica restricción del derecho de movilidad “general en cuanto a sus destinatarios, y de altísima intensidad en cuanto a su contenido”.

El fallo abre la vía a revisar de oficio las sanciones firmes tanto en la vía judicial como en la administrativa, por lo que, al igual que pasó en casos como la deducción de maternidad, las plusvalías municipales o las multas de Madrid Central, estamos a las puertas de una nueva etapa de reclamaciones para solicitar la devolución de las sanciones interpuestas al amparo del primer estado de alarma.

Servicio de Legalion Abogados

Desde Legalion Abogados podemos hacer valer tus derechos mediante nuestro legal y jurídico especializado para cualquier problema legal. Si necesitas reclamar la triple mayor o una reducción de penas, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo legal.

También te puede interesar:

El Tribunal Supremo avala la limitación de la actualización de los alquileres aprobada en 2022

El Tribunal Supremo avala la limitación de la actualización de los alquileres aprobada en 2022

20/01/2026

El Tribunal Supremo confirma la legalidad y constitucionalidad de la limitación en la actualización de los alquileres aprobada en 2022. La sentencia refuerza la capacidad del Estado para intervenir en el mercado del alquiler en

El TSJ de Madrid reconoce la incapacidad permanente absoluta a un taxista con temblor esencial severo

El TSJ de Madrid reconoce la incapacidad permanente absoluta a un taxista con temblor esencial severo

15/01/2026

incapacidad permanente absoluta, incapacidad permanente total, temblor esencial severo, incapacidad seguridad social, recurso incapacidad INSS, pensión incapacidad absoluta, TSJ Madrid incapacidad, abogado incapacidad permanente

¿Qué puedo hacer si hago una compra online y nunca llega? Derechos, pasos y plazos

¿Qué puedo hacer si hago una compra online y nunca llega? Derechos, pasos y plazos

07/01/2026

Si tu compra online no llega, tienes derechos claros: plazo máximo de entrega (30 días si no se pactó fecha), resolución del contrato y reembolso sin demoras indebidas—la tienda, y no la mensajería, es