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Reclamación plusvalía

03/03/2017

Una reciente sentencia del  Tribunal Constitucional  facilita la devolución de la  Plusvalía  pagada indebidamente.

Todos conocemos como Plusvalía Municipal al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Este impuesto grava el aumento de valor del suelo que el propietario de un terreno ha obtenido durante el tiempo que ha ejercido la propiedad.

Pero, ¿qué pasa en el caso de que no se haya producido este incremento, sino que, al contrario, el suelo haya perdido valor de mercado? ¿Tiene sentido pagar la Plusvalía ?

Recientemente, con motivo de la crisis económica, han sido muchos los propietarios de viviendas que las han tenido que vender a un precio inferior al que las compraron, hasta un 30% por debajo. En algunos de esos casos, la bajada de precio se ha visto afectada por un menor valor del suelo sobre el que estaban edificadas las viviendas.

Se calcula que más de medio millón de viviendas están en este supuesto. No sólo estamos hablando de compra-ventas, sino también de donaciones, permutas y herencias.

Sin embargo, los ayuntamientos no han tenido en cuenta el precio de mercado a la hora de calcular el importe del tributo, sino que lo basan en el valor catastral del suelo y el número de años que se tuvo en propiedad.

Pues bien, en estos casos se puede reclamar al Ayuntamiento la devolución del importe pagado indebidamente, para lo cual la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (del 16 de febrero de 2017) ha venido a facilitar el proceso, al declarar inconstitucional la aplicación de la norma sin tener en cuenta los casos de pérdida de valor del terreno.

Efectivamente, es una contradicción tener que pagar un impuesto por un incremento de valor del terreno que no ha existido.
Para reclamar la devolución ante el Ayuntamiento, se debe presentar un escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos, especificando el importe reclamado, junto con una prueba técnica pericial que acredite la pérdida de valor del terreno gravado.
Si en la vía administrativa no se obtuviera una respuesta favorable, la siguiente vía sería la judicial.

Los Tribunales Superiores de Justicia ya venían dando la razón a los afectados en caso de que se acreditara que no ha existido un incremento del valor del terreno y ahora, con el respaldo del Tribunal Constitucional, aumenta la probabilidad de obtener una respuesta favorable, por lo que desde Legalion recomendamos firmemente a quienes se puedan encontrar en esta situación que reclamen la devolución de su dinero.

Si no estás seguro de si tu caso se puede reclamar o no, en Legalion tenemos un equipo especializado en la reclamación de las Plusvalías, para escucharte, asesorarte y estudiar la mejor opción para ti.