08/05/2024
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado la sentencia que estimaba el recurso presentado por una mujer que sufrió una trombosis tras inocularse contra el covid con la vacuna Janssen.
El tribunal ha confirmado la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cáceres, que condenaba al Servicio Extremeño de Salud compensar a la afectada con 40.000 euros.
A pesar de la defensa del SES, argumentando un lapso de 56 días entre la vacunación y la trombosis, y citando antecedentes familiares, la Inspección Médica y el Servicio de Hematología del Hospital San Pedro de Alcántara de Cáceres refutaron estas alegaciones, como detalla la sentencia.
El informe de Hematología señaló que la paciente mostraba todos los signos clínicos de Trombosis trombocitopénica con anticuerpos anti factor plaquetario, una condición asociada principalmente con la administración de heparina o, en casos excepcionales documentados, con la vacuna Janssen.
Respecto a la responsabilidad por los daños, la sentencia determinó que no hubo negligencia médica, pero sí responsabilidad patrimonial en base al principio de solidaridad.
"Los daños sufridos durante esta campaña de vacunación global, destinada a proteger a la sociedad en su conjunto, no deben ser soportados exclusivamente por los afectados, sino que deben ser asumidos por la sociedad en su conjunto, por solidaridad", estableció la sentencia.
La paciente tuvo que someterse a tres cirugías y tardó 526 días en recuperar la estabilidad clínica, sufriendo secuelas como la pérdida de calidad de vida y la necesidad de una dieta permanente.
La sentencia aún no es definitiva y puede ser apelada ante el Tribunal Supremo.
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