12/01/2024
El Tribunal Supremo ha tomado una decisión crucial en relación con la deducción por maternidad en el IRPF, permitiendo la inclusión de los gastos de custodia en guarderías para madres trabajadoras. Esta sentencia, emitida en el recurso de casación 2779/2022 el 8 de enero de 2024, invalida la decisión previa de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), que negó a una madre trabajadora el derecho a la deducción adicional de hasta mil euros en el IRPF por los gastos de guardería de sus hijos menores de tres años.
El criterio anterior de la AEAT, que restringía la deducción a los gastos de custodia abonados a guarderías con autorización como centro educativo, ha sido cuestionado por el Tribunal Supremo. Este órgano considera que la ley del IRPF no establece tal requisito y, por lo tanto, los gastos de custodia en guarderías también deben ser deducibles, siempre que estén dentro de los límites legales y las guarderías estén debidamente autorizadas para la actividad de custodia de menores.
Esta decisión del Tribunal Supremo, junto con otra sentencia similar emitida el mismo día, unifica el criterio de los juzgados y tribunales, corrigiendo así la interpretación restrictiva de la deducción aplicada por la Administración. Esto supone un importante avance para las madres trabajadoras, ampliando sus opciones para disfrutar de beneficios fiscales en el ámbito de la maternidad.