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La Audiencia Provincial de Barcelona considera daño moral la pérdida de un álbum de bodas

08/02/2023

Para muchas personas el día que contraen matrimonio es uno de los acontecimientos más importantes de sus vidas y lo comparten con sus seres queridos, familiares y amigos. Esos momentos no solo quedan guardados en la memoria sino que se inmortalizan para el recuerdo en las fotografías del álbum de la boda.

¿Qué ocurriría si en un siniestro se pierde ese álbum? ¿tienes derecho a que te resarzan por los daños materiales y morales que dicha pérdida te ha acarreado?

La Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 14ª, ha estimado el recurso de apelación de una persona que reclamaba la indemnización de daños morales causados por la pérdida del álbum de fotos de su boda al inundarse el trastero en el que lo guardaba por la rotura de un desagüe de la vivienda de un vecino.

El Juzgado de Primera Instancia nº35 de Barcelona desestimó el recurso presentado por esta persona al considerar que no debía ser indemnizada por los daños morales causados por la pérdida del álbum que contenía fotografías entre ellas las de algunos familiares, en especial las de su abuela ya fallecida). La aseguradora de los vecinos se hizo cargo de los daños materiales.

Por el significado sentimental que este álbum tenía para la demandante, optó por recurrir la sentencia en apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona con resultado favorable.

Entiende la Audiencia que la aseguradora deberá responder por los daños morales que la pérdida del álbum de boda ha causado a los entonces contrayentes (actualmente divorciados) en tanto que en el mismo había fotos de familiares que a fecha de la interposición de la demanda habían fallecido, así como de otros tantos cuya reunión en este evento había hecho único el momento.

El padecimiento psíquico sufrido por la actora, que entre otras fotos, contaba con las de su abuela que fallecería pocos meses después de tan feliz enlace, fue finalmente apreciada por la Audiencia que entendió que se había producido un error por parte del juzgador de instancia que no apreció los testimonios de los familiares que respaldaban la intensa relación entre la demandante y su abuela.

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