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Se acabaron los partes de baja médica

05/04/2023

Aunque ha tardado, ya está aquí. El Real Decreto-ley 1060/2022, de 27 de diciembre, y publicado el 6 de enero de 2023 en el BOE, promulgó que a partir del 1 de abril el trabajador enfermo no recibirá copia física del parte de baja para que se lo entregue a la empresa.

La Seguridad Social ha informatizado completamente el procedimiento de expedición de partes de baja médica, por lo que ya no es necesario que el trabajador se quede con una copia para entregarla a la empresa. Será el médico de cabecera el encargado de remitir la baja a la Seguridad Social, y ésta le pedirá directamente a la empresa datos económicos del trabajador para completar la información de la baja, y una vez completada, el parte será enviado la empresa.

Todo ello, garantizando los datos e información personal del trabajador, para evitar que las empresas, por presión, consigan información sanitaria del mismo.

Por lo tanto, si la empresa a partir del 1 de abril te pide continuamente que facilites tus partes de baja, ya no estás obligados a entregarlos.

Lo mismo ocurre con las empeladas del hogar. Será la propia Seguridad Social la que comunique al empleador, vía SMS, la baja de la empleada del hogar, por lo que tampoco será necesario solicitar a la empelada que facilite el parte de baja.