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Fiscalía General del Estado e Interior toman medidas para frenar la “okupación”

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17/09/2020

La Fiscal General del Estado ha dictado la Instrucción nº 1/2020, de 15 de septiembre, sobre criterios de actuación para la solicitud de medidas cautelares en los delitos de allanamiento de morada y usurpación de bienes inmuebles.

En los últimos meses ha aumentado la “okupación” de viviendas tanto de particulares como inmuebles vacíos de bancos o de fondos de inversión. La ocupación ha generado preocupación social y una innegable sensación de inseguridad en la ciudadanía. A los perjuicios que estas acciones ocasionan a los titulares de los inmuebles ocupados, se unen los problemas de convivencia a que pueden dar lugar en el entorno social en el que las mismas se producen.

La instrucción de la Fiscalía tiene por objeto que los fiscales refuercen su intervención en defensa de los derechos de las víctimas y los perjudicados por estos delitos, recurriendo con la mayor inmediatez a las herramientas legales disponibles en el ordenamiento jurídico, capaces de restablecer el legítimo derecho del denunciante y evitar la persistencia en el tiempo de la conducta delictiva en tanto se tramita el correspondiente procedimiento.

La Fiscalía deja claro que el allanamiento se produce respecto a la casa y la segunda residencia por ser lugares donde el dueño desarrolla su vida privada e intimidad, mientras que la usurpación se refiere a inmuebles y viviendas que no constituyen la morada de nadie, es decir, que están deshabitadas y vacías.

La instrucción insiste en agilizar los desalojos en todos los procedimientos, de manera que «con carácter general se estimará pertinente solicitar la medida cautelar de desalojo y restitución del inmueble» en aquellos casos en los que «se aprecien sólidos indicios de allanamiento o usurpación» y se verifique que cualquiera sea la situación genera un perjuicio a su legítimo propietario.

Por su parte, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha anunciado, en el plano del Congreso que en los próximos días su departamento publicará una instrucción para mejorar los protocolos de actuación en casos de desalojos inmediatos ante okupaciones «flagrantes» y de desalojos cautelares en el resto de usurpaciones de viviendas. Entre las medidas que va a recoger la instrucción:

1.- Se «facilitarán los desalojos inmediatos cuando se cometa allanamiento de morada de establecimiento al público o domicilio personal en casos de usurpación flagrante».

2.- En el resto de los casos de usurpación y, una vez acreditada la propiedad del inmueble, los agentes «podrán solicitar el desalojo cautelar a la autoridad judicial vía el Ministerio Fiscal».

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