En Legalion Abogados logramos una sentencia favorable en un caso de embargo donde nuestro cliente, como responsable solidario, fue obligado a pagar una deuda atribuida al demandado. Ante esta situación, reclamamos la parte que le correspondía a nuestro cliente. Sin embargo, en primera instancia, el juzgado desestimó nuestra demanda, argumentando que, al no haber sido un pago voluntario, no podía ser reclamado
Recurrimos la decisión, y la Audiencia Provincial recogió literalmente nuestro argumento clave: "resulta indiferente que mi representado haya abonado el importe del préstamo de manera voluntaria o mediante embargos en sus bienes, puesto que la realidad es que ha abonado la cantidad que le correspondía al demandado." Finalmente, la Audiencia estimó nuestro recurso y condenó a la parte contraria a pagar 27.865,71 euros a nuestro cliente
Este caso subraya la importancia de garantizar que los pagos realizados, independientemente de su naturaleza, sean debidamente reconocidos y compensados.